Chihuahua, Chih.- La Secretaria de Agricultura y Desarrollo Rural, publicó el día de hoy en el Diario Oficial de la Federación, los lineamientos de Operación del Programa Agromercados Sociales y Sustentables para el ejercicio fiscal 2019, el documento cuenta con tres títulos, en los cuales se dividen de la siguiente manera:
Titulo I: Disposiciones Generales
Objetivo: El presente instrumento tiene como objeto establecer los Lineamientos que estarán vigentes en el Ejercicio Fiscal 2019, para la ejecución del Programa Agromercados Sociales, y Sustentables (AMSYS), y sus componentes; su ejecución esta sujeto a disponibilidad de recursos asignados y los cambios en las principales variables económicas que invierten en la determinación de los precios y los productos elegibles y objetos.
Titulo II: Del Componente Incentivos a la Comercialización
Objetivo Específico:Otorgar incentivos a los pequeños y medianos productores para la comercialización mediante instrumentos de administración de riesgos de precios, complementos al ingreso de los productores; incentivos para atender problemas emergentes de comercialización, procesos para la certificación de calidad, capacitación y asistencia técnica para la competitividad agrícola.
Titulo III: Derechos, obligaciones y exclusiones
Derechos de los Beneficiarios:
I. Recibir asesoría gratuita por parte de la Unidad Responsable, delegaciones, Instancias Ejecutoras u organizaciones de productores que funjan como Ventanillas, respecto del Programa, Componentes y procedimientos para la solicitud de apoyos contenido en estos Lineamientos;
II. Adquirir en su caso, el bien o servicio con características de utilidad, calidad, precio con el proveedor que libremente elija, y en su caso, la capacitación respectiva;
III. Interponer las peticiones y denuncias en los términos establecidos en el Capítulo
VII del Título Tercero de los presentes Lineamientos;
IV. Ejercer los medios de defensa contra los actos y resoluciones emitidos por las Unidades Responsables y/o Instancias Ejecutoras en los términos de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo;
V. Los derechos establecidos específicamente en cada Componente de los presentes Lineamientos;
VI. Tratándose de persona física, poder nombrar en su solicitud de apoyo a un substituto, para que en caso de fallecimiento, y según el Incentivo de que se trate, en función del avance alcanzado para el trámite de la solicitud, de pago de incentivos o de los beneficios de la cobertura de precios, pueda continuar con la gestión correspondiente, y en su caso, cobrar los apoyos; asumiendo el substituto el compromiso de cumplir las obligaciones contraídas por el participante registrado, hasta la total conclusión del proyecto, en términos de los presentes Lineamientos.