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miércoles, abril 23, 2025

La estrategia legal de la agroindustria en contra del decreto para la sustitución gradual del glifosato y del maíz transgénico

El 31 de diciembre de 2020 se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, el decreto presidencial que establece  la eliminación del herbicida glifosato y prohibición de siembra de maíz transgénico para el año 2024.[1] como era de esperarse la agroindustria no se quedó con los brazos cruzados y determinó que uno de sus principales objetivos es revertirlo. En febrero del 2021, se supo que el Consejo Nacional Agropecuario (CNA), organización que representa a la agroindustria, anunció que invertiría 12 millones de pesos para la presentación de juicios de amparo en contra del decreto, por la identificación de supuestas violaciones a tratados internacionales. La estrategia jurídica estaría acompañada de una campaña de comunicación para reforzar dichas acciones.[2]

El plan juridico en contra del decreto han comenzado y actualmente, con base en información pública,[3] se tiene conocimiento de 12 juicios de amparo presentados, tanto en la Ciudad de México como en Nuevo León, los cuales han sido promovidos por empresas formuladoras de agrotóxicos, como Bayer-Monsanto, asociaciones de porcicultores, el mismo CNA, entre otros. En estos juicios, la industria argumenta que con la implementación del decreto se le impide el ejercicio de sus actividades comerciales e industriales. Además, buscan que se determine que es inconstitucional y por tanto no se les aplique.

Durante la tramitación de estos juicios las empresas solicitaron que el decreto no se aplique para ellos hasta en tanto dure y finalice por completo el procedimiento. Es importante señalar que esta medida duraría todo el tiempo que dure el juicio, es decir hasta que se dicte sentencia definitiva. lo que puede durar años. En varios de estos, esta solicitud ha sido negada por los jueces, sin embargo, en los amparos de Bayer-Monsanto y del CNA, se concedió en un primer momento. Ante estas determinaciones, productores, organizaciones de la sociedad civil y científicos independientes reaccionaron condenando esos otorgamientos y exhortaron a los jueces para que no concedieran la suspensión definitiva, la cual estaría vigente durante todo el tiempo que dure el juicio.

Las decisiones de dichos jueces iban en contra de la ley amparo, por ello, las autoridades demandadas en los juicios, entre ellas la SEMARNAT, promovieron recursos contra ellas. En el caso de Bayer-Monsanto, un Tribunal Colegiado de Circuito revocó la suspensión provisional y, posteriormente, el 7 de mayo, el juez negó la suspensión definitiva, Sin embargo, Bayer-Monsanto impugnó esa negativa y su recurso está en espera de ser resuelto.  Por otra parte, el 21 de mayo se conocerá si se le otorga la suspensión definitiva al CNA. Es de suma importancia que la suspensión se les niegue para que las autoridades puedan seguirles aplicando el Decreto mientras se resuelven los juicios de amparo.

En las siguientes etapas de los 12 juicios, se tendrán que desahogar pruebas. Ya en algunos se han admitido documentos y pruebas técnicas en economía, manejo de malezas y química alimentaria. Tanto las empresas, como las autoridades tendrán que ofrecer el criterio de expertos en esas materias. Después, se celebrarán las audiencias constitucionales y finalmente, se dictarán sentencias. Es importante señalar que después aún se puede interponer un recurso, si es que la parte que perdió el juicio está inconforme. Por lo anterior, como ya se apuntaba, la resolución de los amparos puede durar años.

Es muy importante señalar que las partes que pueden intervenir en estos juicios sólo son las empresas y las autoridades responsables de emitir y ejecutar el Decreto. Si bien la ciudadanía no cuenta como una parte dentro del juicio, si se puede alzar la voz, por ello, es necesario que esté atenta a estos procedimientos, para vigilar la actuación de los jueces. Lo anterior para que, ante cualquier acción que vaya en contra de dicha norma protectora de los derechos a la salud, la alimentación y el medio ambiente, se ejerza presión para conseguir su permanencia, cumplimiento y respeto.

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[1] Presidencia de la República, DECRETO por el que se establecen las acciones que deberán realizar las dependencias y entidades que integran la Administración Pública Federal, en el ámbito de sus competencias, para sustituir gradualmente el uso, adquisición, distribución, promoción e importación de la sustancia química denominada glifosato y de los agroquímicos utilizados en nuestro país que lo contienen como ingrediente activo, por alternativas sostenibles y culturalmente adecuadas, que permitan mantener la producción y resulten seguras para la salud humana, la diversidad biocultural del país y el ambiente, Diario Oficial de la Federación, 31 de diciembre de 2020, https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5609365&fecha=31/12/2020
[2] Enciso L., Angélica, El CNA arma estrategia para atacar decreto contra el uso de glifosato, La Jornada, 19 de febrero del 2021,  https://www.jornada.com.mx/notas/2021/02/19/sociedad/el-cna-arma-estrategia-para-atacar-decreto-contra-el-uso-de-glifosato/
[3] Consulta de las Listas de acuerdos y sistema SISE Expedientes del Consejo de la Judicatura Federal.

* Rocío Castillo Toxqui,  del equipo jurídico de la demanda colectiva y Gabriela Guzmán Pérez, asistente legal en El Poder del Consumidor A.C.

Fuente: COLABORACIÓN DE GREENPEACE PARA INFORURAL.

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