CONVOCATORIA al Premio Nacional al Mérito Forestal 2019

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COMISIÓN NACIONAL FORESTAL

PRIMERA SECCIÓN

ORGANISMOS DESCONCENTRADOS O DESCENTRALIZADOS

Martes 21 de mayo de 2019

COMISIÓN NACIONAL FORESTAL

CONVOCATORIA al Premio Nacional al Mérito Forestal 2019.

Al margen un logotipo, que dice: Comisión Nacional Forestal.

El Consejo de Premiación, con fundamento en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles y el Decreto Presidencial del 7 de julio de 1959, que instituyó la celebración de la Fiesta del Bosque y Día del Árbol,

CONVOCA AL PREMIO NACIONAL AL MÉRITO FORESTAL 2019

Para reconocer y estimular a las personas físicas y morales que desde los sectores privado y social realicen o hayan realizado aportaciones relevantes en el país a favor de la conservación, protección, restauración y uso sustentable de los recursos forestales, que representen beneficios a la sociedad.

Categorías:I.Reforestación       

Actividades que permiten incrementar el porcentaje de sobrevivencia de planta, para evitar la erosión del suelo y mejorar la biodiversidad.

II.Protección y restauración       

Organización comunitaria con capacidad autogestiva para realizar actividades de prevención de incendios, obras de retención de suelos y control de plagas, para recuperar zonas afectadas.

III.Silvicultura comunitaria       

Actores rurales que han logrado un desarrollo local a través de su organización interna para el uso sostenible de sus recursos forestales.

IV.Manejo y ordenación forestal       

Acciones de cultivo y aprovechamiento sostenible de los recursos forestales para mejorar las condiciones ambientales, sociales y económicas.

V.Proyecto de mujeres       

Esfuerzos de la mujer rural que de manera individual o en grupo, generan beneficios en su comunidad o entorno.

VI.Industria forestal       

Empresas que han implementado procesos de innovación para mejorar su productividad.

VII.Micro y pequeñas empresas con relación al ámbito forestal       

Esfuerzo de una micro empresa, pequeña empresa o de una cadena establecida, que detone el desarrollo autogestivo de las comunidades forestales(1).

VIII.Sierra limpia       

Actividades de recolección y separación de residuos sólidos, así como manejo de desechos orgánicos enfocados a mantener el equilibrio de los ecosistemas.

IX.Cultura Forestal Ambiental       

Acciones de extensionismo, difusión y divulgación en la construcción de valores y responsabilidades en las comunidades.

X.Jóvenes       

Dirigido aciudadanos menores de 29 años, que de forma individual o en grupo realizan actividades y proyectos que contribuyan al desarrollo de actividades sustentables.

Propuestas

Las propuestas deberán contener lo siguiente:

1)    Formato de registro (impreso y electrónico) con los datos de la persona postulada y una reseña de no más de cinco cuartillas, donde se describa lo más importante del trabajo meritorio. El formato se encuentra disponible en la página http://www.gob.mx/conafor/premio-nacional-al-merito-forestal/;

2)    Carta de postulación o auto postulación firmada, en la que se señalen: a) datos de localización de la persona postulada y de quien la propone (nombre, domicilio, teléfono y correo electrónico). No seaceptarán propuestas presentadas con pseudónimos; b) categoría en la que participa. No se aceptarán propuestas que contengan más de una categoría;

3)    Documentos u otras evidencias como folletos, memorias, informes, fotografías, videos, gráficas, mapas, esquemas o publicaciones y, si los hubiera, testimonios, cartas de apoyo y opiniones que avalen la trascendencia del trabajo propuesto;

4)    Copia fotostática del acta constitutiva en el caso de personas morales postuladas;

5)    Copia fotostática del acta de nacimiento o identificación oficial en el caso de personas físicas postuladas.Las tesis profesionales no se consideran objeto del Premio Nacional al Mérito Forestal.

Postulaciones

Se podrán postular o auto postular personas físicas o morales de nacionalidad mexicana, incluyendo a las que participaron el año pasado y que no fueron seleccionadas como ganadoras.No se podrán postular:

a)    Personas premiadas anteriormente, aun en categorías distintas, y

b)    Funcionarios públicos.

Generalidades

Las propuestas deberán entregarse a partir de la fecha de publicación de la presente Convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y hasta el viernes 31 de mayo de 2019, en las Gerencias Estatales de la CONAFOR o en sus Oficinas Centrales, de las 9:00 a las 18:00 horas en días hábiles.

Los documentos mencionados deberán entregarse personalmente o enviarse por servicio de mensajería o correo postal certificado donde resida la persona física o moral postulada, dentro de dicho plazo.

La devolución de la documentación de las propuestas no seleccionadas se realizará durante los cuatro meses siguientes a partir de la fecha de premiación.

Premiación

*El jurado estará integrado por:

A)    Seis representantes del Consejo Nacional Forestal (CONAF):

1)    Por la representación Académica, el Dr. Héctor Manuel de los Santos Posadas;

2)    Por la representación de Pueblos Indígenas, el C. Lic. Alfredo Arriaga Valenzuela;

3)    Por la representación Industrial, el Ing. Leovigildo Suárez Ambriz;

4)    Por la representación de la Sociedad Civil, el M.C. Roy Jabín Carreón Santos;

5)    Por la representación Profesional, el M.C. Carlos Mallén Rivera;

6)    Por la representación de las Comunidades Forestales, el C. Alejandro Rendón Melchor

*La lista de los nombres del Jurado, estará sujeta a la actualización próxima de los miembros del CONAF.

En caso de que el titular de cada representación no pudiere asistir, corresponderá a su suplente participar en el Jurado.

B)    Especialista en equidad de género por parte del Instituto Nacional de las Mujeres, Lic. Edwvigis Rodríguez Guerrero.

El Jurado evaluará las propuestas en votación secreta cada candidatura que cumpla con los requisitos establecidos en la presente convocatoria valorando en el trabajo meritorio los siguientes criterios:

      Pertinencia

      Trascendencia

      Beneficios a la sociedad

      Innovación y/o

      Aplicación en otros conceptos

El Jurado dictaminará a las personas ganadoras, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento del Premio Nacional al Mérito Forestal. Las personas ganadoras en cada categoría recibirán una placa, un diploma y $100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.).

Los resultados, lugar y fecha de la premiación, se darán a conocer por vía telefónica o por correo electrónico a las personas ganadoras y se publicarán en un periódico de circulación nacional y medios electrónicos, a partir del viernes 12 de julio de 2019.

Los estímulos económicos serán indivisibles, aun cuando la propuesta premiada corresponda a un trabajo realizado por dos o más personas.

Se dará a conocer públicamente la información general de las propuestas ganadoras.

Cualquier asunto no considerado en esta Convocatoria se presentará a través del Secretariado Técnico del Premio a los integrantes del jurado para su resolución, que será inapelable.

Para aclarar cualquier duda relacionada con esta Convocatoria, puede llamar al número 01 800 737 0000, (0133) 3777 7000 extensiones 3804 y 3809 o consultar la página: www.gob.mx/conafor o al correo: premio@conafor.gob.mx.

De igual manera, se puede consultar el Directorio de las Gerencias Estatales de la CONAFOR donde se podrán presentar las propuestas, disponible en la página de internet http://www.gob.mx/conafor/documentos/directorio-de-gerencias-estatales o directamente en las oficinas del Secretariado Técnico del Premio Nacional al Mérito Forestal, ubicado en Periférico Poniente número 5360, piso 1, Ala poniente, Col. San Juan de Ocotán, C.P. 45019, Zapopan, Jalisco. Teléfono: (01 33) 3777 7000 extensión 3500 (Lada sin costo) 01 800 737 0000. Correo electrónico: premio@conafor.gob.mx.

Zapopan, Jalisco, a 26 de marzo de 2019.- El Titular del Secretariado Técnico, Julio César Bueno Talamantes.- Rúbrica.

(R.- 481694)

1     Las empresas legalmente constituidas, con base en la estratificación establecida en la fracción III del artículo 3 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y en el Acuerdo por el que se establece su estratificación publicado en el DOF el 30 de junio de 2009: son microempresas las que tienen hasta diez trabajadores y pequeñas empresas de 11 a 50 trabajadores.Compartir